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Exoneración

"No Afectación" del impuesto sobre Bienes Inmuebles (Exoneración)

Con este procedimiento la Municipalidad le garantiza a los contribuyentes el cumplimiento de sus derechos tributarios, respecto al impuesto sobre bienes inmuebles. Este procedimiento se debe realizar todos los años y consiste en demostrar a la Municipalidad la tenencia de un único bien inmueble en todo el país, para proceder a aplicar la disminución de 45 salarios base al valor imponible registrado en la Municipalidad.

Requisitos

  1. Completar todo el formulario con letra clara y sin tachaduras.
  2. La declaración sobre bienes inmuebles tiene que estar vigente, es decir, dentro del rango de cinco años de haberse presentado.
  3. El tramite se realizara unicamente de forma presencial en las instalaciones de la Municipalidad de Paraíso.

Formularios asociados

Formulario de No afectación al impuesto sobre bienes inmuebles 

Documentos asociados al trámite

  • Articulo 95 Ley 3504 Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil.
  • Articulo n° 05 incisos f. del Reglamento a la ley al Impuesto sobre Bienes inmuebles.
  • Articulo n° 04 inciso e. del Reglamento a la ley al Impuesto sobre Bienes inmuebles.
  • Art.16 de la Ley Impuesto sobre Bienes Inmuebles. 

Información del funcionario a contactar

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